El permiso de salida del país para un menor de edad es una autorización escrita y autenticada ante notaría que debe ser otorgada por el padre, madre o representante legal que no viaja con el menor, permitiendo así su salida del territorio nacional.

Este documento es exigido por Migración Colombia y está regulado por el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006), así como por normas migratorias vigentes. Su finalidad es proteger los derechos del menor y prevenir la sustracción ilegal de niños del país.

¿Cuándo se requiere?

  • Cuando el menor viaja con solo uno de los padres.

  • Cuando el menor viaja con un tercero (tíos, abuelos, amigos, colegios, agencias de viaje, etc.).

  • Cuando ninguno de los padres viaja con el menor.

No se requiere autorización cuando el menor viaja con ambos padres y se demuestra vínculo con los registros civiles correspondientes.

Requisitos para tramitar el permiso en notaría

1. Presencia del padre, madre o tutor que otorga el permiso.

2. Documento de identidad original y vigente del otorgante.

3. Copia auténtica del registro civil del menor.

Información completa del menor:

    • Nombres y apellidos

    • Número de documento

    • Fecha de nacimiento

4. Información del viaje:

    • País de destino

    • Fecha de salida y de regreso

    • Medio de transporte (aéreo, terrestre, marítimo)

    • Persona responsable que acompaña al menor (si aplica), con nombre, cédula o pasaporte.

5. Redacción clara del permiso, que puede hacerla el compareciente o solicitar apoyo de la notaría.

📌 El permiso puede ser otorgado para un viaje específico o por un tiempo determinado.

Costos aproximados en notaría

  • Permiso de salida del país autenticado:
    Entre $20.000 y $35.000 COP, según extensión y si requiere redacción por parte de la notaría.

Todas las notarías deben regirse por las tarifas fijadas por la Superintendencia de Notariado y Registro. Consulta las tarifas vigentes en tu notaría local.


📌 Recomendaciones importantes:

  • Verifica que el documento incluya las fechas exactas del viaje, destino y datos de quien acompaña al menor.

  • El permiso debe presentarse en físico al momento del control migratorio.

  • Si uno de los padres no puede acudir a notaría, debe autorizar desde el exterior con apóstilla o legalización consular.

  • Si uno de los padres ha fallecido, debe presentarse el registro civil de defunción.

Para mayor información o para solicitar este servicio, puede acercarse a la Notaría Única de Puerto Salgar, Cundinamarca Calle 14 # 9-59 Barrio Centro Puerto Salgar

Número: +57 302 7189721

Correo: notariaunicapuertosalgar@ucnc,com.co o unicapuertosalgar@supernotariado.gov.co

Ir al contenido