La firma a ruego es una figura jurídica contemplada en el ordenamiento legal colombiano, mediante la cual una persona que no sabe firmar o que no puede hacerlo físicamente, puede autorizar que otra persona firme en su nombre ante un notario público.

Este procedimiento está regulado por el Decreto 960 de 1970 (Estatuto del Notariado) y garantiza la validez legal del acto, protegiendo los derechos de quien no puede firmar.

¿Cuándo se puede usar?

  • Personas analfabetas (que no saben escribir).

  • Personas con discapacidad física o limitaciones temporales que les impiden firmar.

  • Adultos mayores que hayan perdido movilidad en las manos.

  • Pacientes hospitalizados, siempre y cuando puedan expresar su voluntad libremente.

Requisitos legales para la Firma a Ruego

1. Presencia del interesado: La persona que no puede firmar debe comparecer personalmente ante el notario y manifestar su consentimiento.

2. Documento de identidad original y vigente del interesado.

3. Persona que firma a ruego: Debe ser mayor de edad, identificarse con su cédula, y no debe ser beneficiaria directa del acto jurídico.

4. Dos testigos hábiles: También deben identificarse con cédula original. No pueden ser parientes ni tener interés en el acto. Su función es verificar que el acto se realiza de manera libre y consciente.

5. Tipo de acto: Puede utilizarse para autenticaciones, poderes, declaraciones extrajuicio, contratos, entre otros, siempre que el notario determine que hay voluntad expresa del compareciente.

Costos aproximados en notaría (Colombia, 2025)

Los costos de la firma a ruego varían dependiendo del tipo de documento:

  • Autenticación de firma con ruego: desde $7.000 a $15.000 COP

  • Poder especial con firma a ruego: desde $25.000 COP

  • Declaración extrajuicio con firma a ruego: desde $30.000 COP

  • Actos más complejos o con redacción incluida: pueden tener costos mayores, según tarifas establecidas por la Superintendencia de Notariado y Registro.

📌 Nota: Todas las tarifas notariales están reguladas por resolución del Ministerio de Justicia y del Derecho. Los valores exactos pueden variar ligeramente entre notarías.

Para mayor información o para solicitar este servicio, puede acercarse a la Notaría Única de Puerto Salgar, Cundinamarca Calle 14 # 9-59 Barrio Centro Puerto Salgar

Número: +57 302 7189721

Correo: notariaunicapuertosalgar@ucnc,com.co o unicapuertosalgar@supernotariado.gov.co

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